La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) no debe excluir a varias concubinas de un mismo trabajador fallecido cuando solicitan pensión por viudez.
A través de un comunicado, la Segunda Sala de la Suprema Corte determinó que es inconstitucional que la Ley del Seguro Social establezca que, si la persona asegurada o pensionada tenía varias relaciones de concubinato, ninguna tendrá derecho a recibir la pensión de viudez.
De acuerdo con la SCJN, dicha determinación vulnera los derechos de seguridad social y protección de la familia de quienes no siguen cierto modelo familiar.