Con motivo de un desalojo realizado el pasado 7 de febrero, el cual se deriva de un procedimiento de ejecución de convenio celebrado entre Joaquín Armando Fernández Peraza, Lidia Inés Peraza Pereira, Lydia Inés Fernández Peraza, Evelyn Esther Fernández Peraza, Silvia Ivonne Fernández Peraza y María Elena Fernández Peraza con Lidia del Socorro Madera Castillo ante la fe de la escribana pública no. 22 de esta ciudad Judith Josefina Zumárraga Meléndez, el Consejo de la Judicatura de Yucatán ordenó abrir una investigación para deslindar, en su caso, las responsabilidades por presuntas faltas administrativas.
Esta investigación inició oficiosamente a través de la Unidad investigadora de la Contraloría del Consejo desde el pasado 13 de febrero y también alcanza “a cualquier otro servidor público” que se encuentre vinculado al caso en el que se ejecutó el desalojo de quien, en el convenio transaccional motivo del juicio, tenía la calidad de ocupante del predio ubicado en la calle 47 número 474 de la colonia centro de esta ciudad de Mérida.
Cabe mencionar que en la legislación civil del estado, un convenio transaccional como el que fue objeto del presente procedimiento judicial, tiene calidad de cosa juzgada, es decir, se equipara a sentencia y para ejecutarse el juez debe notificar a la parte requerida para que voluntariamente desaloje el predio. En caso de no hacerlo, el juez ordena el desalojo forzoso con auxilio de la fuerza pública otorgada por el Poder Ejecutivo.
Dicha investigación tiene su base en la ley de responsabilidades administrativas del Estado de Yucatán; la ley orgánica del Poder Judicial del Estado y el reglamento interior del Consejo de la Judicatura.
Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán Comunicado No. UCSYP/42/FEB/2020/MFMM